En Madrid, se acuerdan para los asesores British las mismas condiciones laborales que para los profesores de religión. Se reflejan estas condiciones en este acuerdo de 2004.
Enlace al acuerdo de Madrid en PDF
Como veis hace referencia a las condiciones laborales, e indica que en las condiciones retributivas este personal está equiparado con los funcionarios interinos docentes, siendo a este colectivo al que más se asemejan tanto en lo relativo a condiciones de trabajo, cuanto en el contenido de sus tareas educativas.
Hay acuerdo similares en otras comunidades autónomas. Por ejemplo en Murcia reflejan en enero de 2010 lo siguiente:
Los profesores de religión, profesores especialistas, y asesores lingüisticos (Convenio con el “British Council”) percibirán una retribución anual en cuantía equivalente a la que perciben los
funcionarios docentes interinos de su respectivo nivel educativo.
Enlace al PDF de Murcia.
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